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¿Qué es la comisión de apertura de una hipoteca?

La compra de una vivienda es uno de los pasos más significativos en la vida de muchas personas.

Para financiar esta importante inversión, la mayoría recurre a préstamos hipotecarios. Sin embargo, al navegar por el complejo mundo de las hipotecas, es fundamental comprender todos los costos asociados, incluida la comisión de apertura.

La comisión de apertura es uno de esos términos que pueden pasar desapercibidos hasta que te encuentras firmado papeles en el banco. 

La comisión de apertura es el importe o tarifa que una entidad bancaria exige por establecer el financiamiento y por los procedimientos administrativos necesarios para iniciar el crédito.

Este cargo se presenta como un porcentaje, que puede oscilar entre el 0,5% y el 3% del total del monto del préstamo que has pedido. Se paga una sola vez y debe pagarse en el momento en el que se formaliza el préstamo hipotecario.

En general, se paga por el trabajo que le supone a la entidad financiera la tramitación del préstamo. Si se aplica, debe hacerse de forma transparente ya que dependiendo de las circunstancias se puede reclamar.

Caso de ejemplo:

Si estás solicitando un financiamiento de 50,000 € y el cargo por iniciación es del 5%, en términos monetarios deberás abonar 2,500 € al banco para saldar dicho cargo.

Todas las entidades que proveen financiamientos incluirán un cargo por apertura en el instante en que se concede tu préstamo. Por ello, antes de pedir un crédito, es recomendable que consultes con la entidad cuál es ese porcentaje para que estés al tanto de lo que te van a exigir por establecer tu financiamiento.

Además, es importante que sepas que, aparte de la comisión de apertura, hay otras comisiones que se aplican en situaciones particularmente específicas.

Por ejemplo, para tarjetas de crédito o incluso para hipotecas, se establecen tipos de comisión por retiro de efectivo, costes de cobro, tasación o gastos de investigación.

¿Puedo reclamar la comisión de apertura?

En determinadas ocasiones la comisión de apertura se puede reclamar al considerarse esta cláusula nula.

Se puede reclamar siempre y cuando puedas probar que el banco no informó debidamente sobre cuánto era la carga económica a asumir o si la cantidad cobrada es desproporcionada.

Preguntas frecuentes sobre la comisión de apertura

  • ¿Cuándo es nula la comisión de apertura?
    La comisión de apertura será nula si el banco no acredita los servicios de estudio y valoración del riesgo.
  • ¿Quién paga la comisión?
    Es una cantidad que el usuario debe pagar por los servicios ofrecidos por el banco en la creación del contrato de la hipoteca.
  • ¿Dónde puedo ver si me han cobrado la comisión de apertura?
    Lo puedes ver en el contrato del préstamo hipotecario en el apartado ‘Comisiones’ de la cuarta cláusula.
  • ¿La comisión de apertura se puede cobrar varias veces?
    No, la comisión de apertura solamente puede cobrarse una vez y debe estar debidamente justificado.
  • ¿Me pueden cobrar comisión de mantenimiento por la hipoteca?
    No, no se cobra una comisión de mantenimiento por hipoteca.
  • ¿Cuando una comisión es abusiva?
    Se considerarán abusivas todas aquellas cláusulas que no superen una cuantía de abusividad, no obedezcan a un servicio efectivamente prestado o a un gasto no causado.
  • ¿Qué gastos hipotecarios se pueden reclamar?
    El banco tiene que hacerse cargo de los gastos de notaría, gestoría y registro, así como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, mientras que el cliente tiene que correr con los gastos de tasación.

No todos los préstamos hipotecarios incluyen una comisión de apertura, y las tasas pueden variar según el prestamista y las condiciones del préstamo.

Lo ideal es comparar diferentes opciones de préstamos hipotecarios, y tener en cuenta tanto el tipo de interés como las comisiones asociadas para determinar cuál es la opción más adecuada.

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