Abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad

¿Quieres cancelar tus deudas?

Si no puedes pagar las deudas, cuotas mensuales de préstamos, tienes impagos, están en situación de insolvencia y no sabes que hacer, esto te puede interesar.

Revisamos tu situación económica y te proponemos un solución definitiva. Puedes conseguir un acuerdo de refinanciación o cancelar el pago de todas las deudas.

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¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

En España, por suerte, tenemos la Ley Concursal y la Ley de Segunda Oportunidad para poder solventar, una mala situación económica que se haya convertido en crónica. Se trata de intentar llegar a un equilibrio entre el deudor y los acreedores que, en algunas ocasiones, acaba con la exoneración de una muy buena parte de la deuda.

En definitiva, se trata de llegar a un acuerdo en relación al pago de las deudas, en función de las posibilidades económicas que tenga el deudor en ese momento. En este sentido, se puede solicitar el BEPI (Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho) que es lo mismo que solicitar la cancelación de todas las deudas.

Si no tienes una empresa o si eres AUTÓNOMO, la LSO se convierte en una magnífica herramienta para intentar solucionar una situación de absoluta insolvencia o de quiebra de las finanzas familiares.

¿Podemos cancelar todas las deudas?

En este punto, entramos en el BEPI que comentábamos, es decir, en el Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Este escenario se da cuando las negociaciones extrajudiciales fracasan y, por lo tanto, se da una imposibilidad del pago de la deuda.

Es muy importante que se actúe de buena fe y que, en consecuencia, la imposibilidad del pago no sea imputable a la voluntad del deudor.

Estaríamos, en este caso, frente al concurso consecutivo del deudor y entraríamos a solicitar la exoneración del 100% de las deudas contraídas. Hay que hacer un especial inciso en relación a las deudas contraídas contra Hacienda y contra la Seguridad Social. En un principio, este tipo de deuda estaba excluida de la exoneración, pero una sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2019 amplió los límites de exoneración de la LSO, permitió la eliminación del 70% de las deudas contraídas contra Hacienda y contra la Seguridad Social, permitiendo que el 30% restante se pudiese fraccionar durante 5 años.

Esta situación de exoneración con Hacienda y con la Seguridad Social solo afecta, de momento, a los particulares, no a los autónomos.

La Ley de Segunda Oportunidad permite desde el año 2015 una nueva vía para que aquellas personas físicas que no puedan hacer frente a sus deudas puedan tener un mecanismo con el que afrontar la situación y poder empezar de nuevo, dejando atrás sus deudas.

Ley de la Segunda Oportunidad

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Requisitos Ley de segunda oportunidad

Ley de la Segunda Oportunidad BankAbusos

Para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad necesitas cumplir un requisito básico: ser insolvente, es decir, no poder pagar tus deudas pendientes. Esta insolvencia puede ser tanto actual como inminente.

Además de ser insolvente, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Las deudas tienen que provenir de dos acreedores distintos, es decir, dos bancos o empresas diferentes a quienes les debemos dinero. En este punto no cuentan las deudas públicas ni las hipotecas, aunque podrán tratarse durante el procedimiento.
  • La cantidad de deuda total no puede superar los 5 millones de euros.
  • No haber sido sentenciado por ninguno de los siguientes delitos durante los últimos 10 años: contra el patrimonio, orden socioeconómico, falsedad documental, Hacienda, Seguridad Social o derechos de los trabajadores. Tener antecedentes de otra índole no perjudica de ninguna forma durante el procedimiento. En caso de tener estos antecedentes, también pueden llegar a eliminarse solicitando la cancelación legalmente.
  • No haber acudido a este procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad durante los últimos 10 años.

Ser considerado deudor de buena fe. Esto significa llevar a cabo un conjunto de buenas prácticas durante el procedimiento: no comprar o vender bienes durante el procedimiento, no esconder bienes, no solicitar un nuevo crédito, etc.

¿Cómo funciona este procedimiento?

La Ley de la Segunda Oportunidad tiene 3 fases principales.

  • La primera fase se basa en reunir toda la documentación necesaria para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad. Con toda esta documentación preparamos tu expediente y lo entregamos ante notario. Una vez hecho esto se te adjudicará un mediador concursal y ya podrás empezar a eliminar tus deudas.
  • La segunda fase tiene el objetivo de eliminar una parte de tus deudas en tan solo unos meses. Esto se consigue mediante un acuerdo extrajudicial de pagos. En este acuerdo se propone la eliminación de una parte de las deudas y el pago fraccionado de la parte restante. De este modo, eliminas una parte de tus deudas y tan solo te queda una pequeña cuota a pagar, siempre totalmente asumible para tu economía.
  • Si no se llega a ningún acuerdo extrajudicial, la tercera fase tiene el objetivo de eliminar el 100% de tus deudas. Esta fase es judicial y requiere de la liquidación del concurso para deshacerse de todas las deudas. Una vez terminado el concurso, el juez podrá concederte el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, o lo que es lo mismo, el perdón de todas las deudas.

Una vez terminado el procedimiento, si todo ha sucedido tal y como establece la ley, ya no tendrás deudas con impagos y tu nombre podrá desaparecer de las listas de morosos, dándote una verdadera segunda oportunidad.

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