Si no puedes pagar las deudas, cuotas mensuales de préstamos, tienes impagos, están en situación de insolvencia y no sabes que hacer, esto te puede interesar.
Revisamos tu situación económica y te proponemos un solución definitiva. Puedes conseguir un acuerdo de refinanciación o cancelar el pago de todas las deudas.
En España, por suerte, tenemos la Ley Concursal y la Ley de Segunda Oportunidad para poder solventar, una mala situación económica que se haya convertido en crónica. Se trata de intentar llegar a un equilibrio entre el deudor y los acreedores que, en algunas ocasiones, acaba con la exoneración de una muy buena parte de la deuda.
En definitiva, se trata de llegar a un acuerdo en relación al pago de las deudas, en función de las posibilidades económicas que tenga el deudor en ese momento. En este sentido, se puede solicitar el BEPI (Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho) que es lo mismo que solicitar la cancelación de todas las deudas.
Si no tienes una empresa o si eres AUTÓNOMO, la LSO se convierte en una magnífica herramienta para intentar solucionar una situación de absoluta insolvencia o de quiebra de las finanzas familiares.
En este punto, entramos en el BEPI que comentábamos, es decir, en el Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Este escenario se da cuando las negociaciones extrajudiciales fracasan y, por lo tanto, se da una imposibilidad del pago de la deuda.
Es muy importante que se actúe de buena fe y que, en consecuencia, la imposibilidad del pago no sea imputable a la voluntad del deudor.
Estaríamos, en este caso, frente al concurso consecutivo del deudor y entraríamos a solicitar la exoneración del 100% de las deudas contraídas. Hay que hacer un especial inciso en relación a las deudas contraídas contra Hacienda y contra la Seguridad Social. En un principio, este tipo de deuda estaba excluida de la exoneración, pero una sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2019 amplió los límites de exoneración de la LSO, permitió la eliminación del 70% de las deudas contraídas contra Hacienda y contra la Seguridad Social, permitiendo que el 30% restante se pudiese fraccionar durante 5 años.
Esta situación de exoneración con Hacienda y con la Seguridad Social solo afecta, de momento, a los particulares, no a los autónomos.
La Ley de Segunda Oportunidad permite desde el año 2015 una nueva vía para que aquellas personas físicas que no puedan hacer frente a sus deudas puedan tener un mecanismo con el que afrontar la situación y poder empezar de nuevo, dejando atrás sus deudas.
ExcelenteA base de 8 reseñasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Alejandro García Carretero31/03/2023En uno de los casos con la tarjeta de la caíxa. He conseguido una devolución de los intereses.. Sin tener que ir a juicio gracias en parte a una consideración de la propia entidad que ha preferido agilizar los trámites sin llegar a juicio. Con lo cual estoy contento y espero que los demás tramites con el resto de tarjetas se resuelvan de la misma manera y les pueda poner las 5 edtrellasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Pedro Buenestado31/03/2023Muy profesionales y eficientes!!!!!Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Yani Javier30/03/2023Eficaces, rápidos y un trato excelenteTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Beatriz Lorena Guevara Ramírez16/02/2023Muy eficaces y efectivosTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Eva Solano30/01/2023Muy buenos y rápidos .Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Nieves Diaz10/11/2022Un equipo fabuloso lo recomiendo 100 por 100 un trato fabuloso buen equipoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.Christian Valles03/11/2022Un buen trato y muy atentos. Grandes profesionales!
Para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad necesitas cumplir un requisito básico: ser insolvente, es decir, no poder pagar tus deudas pendientes. Esta insolvencia puede ser tanto actual como inminente.
Además de ser insolvente, debes cumplir con los siguientes requisitos:
Ser considerado deudor de buena fe. Esto significa llevar a cabo un conjunto de buenas prácticas durante el procedimiento: no comprar o vender bienes durante el procedimiento, no esconder bienes, no solicitar un nuevo crédito, etc.
La Ley de la Segunda Oportunidad tiene 3 fases principales.
Una vez terminado el procedimiento, si todo ha sucedido tal y como establece la ley, ya no tendrás deudas con impagos y tu nombre podrá desaparecer de las listas de morosos, dándote una verdadera segunda oportunidad.
OFICINA MADRID
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