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CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

INFORMACIÓN GENERAL

En cumplimiento del artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, se informa al usuario que el dominio www.bankabusos.com es propiedad de BAB reclamaciones S.L. con CIF núm. B-09665233, y domicilio social en Paseo Marqués de Zafra 38 (bis) 28028 (Madrid). Teléfono 665 505 914 y dirección de correo electrónico info@bankabusos.com.

BANKABUSOS

En cumplimiento de la Directiva de la CEE 97/7, de 20 de Mayo, relativa a protección de consumidores en materia de contratos a distancia, la Ley de Ordenación de Protección de Datos (LOPD) 15/1999 de 13 de Diciembre, el R.D. 1906/99, de 17 de Diciembre, de regulación de la contratación electrónica con condiciones generales de contratación, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSICE) 34/2002 de 11 de Julio así como el resto de legislación aplicable en España, BAB reclamaciones S.L. establece las condiciones de contratación que serán las siguientes: 

1º CONTRATACIÓN PRIVADA Y CONTRATO:

Para la exigencia de cualquier tipo de trabajo, servicio jurídico, o responsabilidad profesional o contractual, será imprescindible, contar con un contrato de arrendamiento de servicios (hoja de encargo) emitido por BANKABUSOS y firmado por un representante debidamente autorizado. 

2º SOBRE LOS SERVICIOS PROFESIONALES CONTRATADOS:

Los trabajos y servicios se especificarán y definirán en el contrato de arrendamiento de servicios/hoja en encargo emitida por BANKABUSOS. y firmada por el cliente tras la debida negociación entre partes iguales.  Cualquier modificación de las misma será debidamente documentada y firmada por ambas partes para que sea exigible.

Corresponde a BANKABUSOS elegir y dirigir a los profesionales que conformen el equipo de trabajo encargado de cumplir con el encargo profesional encomendado, poder de decisión que se ostenta en todo momento, mientras dure el encargo profesional.

Será también responsabilidad única de BANKABUSOS diseñar y ejecutar la estrategia jurídica que se considere más adecuada para defender los intereses o alcanzar los objetivos que forman parte del contrato de arrendamientos de servicios jurídicos concertado. El cliente jamás podrá intervenir en esta área. A falta de pacto específico, el cliente retribuirá al despacho con todos los honorarios devengados hasta el momento de su decisión de cancelación de la representación jurídica contratada.

3º FACULTAD DE DESISTIMIENTO POR FALTA DE COLABORACIÓN:

El cliente se compromete a prestar toda la colaboración que BANKABUSOS le solicite para llevar a buen término su contrato profesional. En caso de incumplimiento del anterior deber de colaboración BANKABUSOS podrá desistirse de representar al cliente, y tendrá derecho a exigir el 100% de los honorarios acordados por los trabajos ya realizados, y el 70% de los honorarios por los trabajos en curso. Todo ello, para evitar abusos por parte del cliente durante el desempeño de la labor profesional encomendada.

4º INFORMACIÓN DEL CLIENTE:

Es obligación del cliente entregar al despacho toda la información y documentación necesarias para la adecuada y eficaz prestación de los servicios jurídicos. La información y documentación serán remitidas a BANKABUSOS tan pronto como sea posible. El cliente garantizar que está debidamente legitimado y facultado para la remisión de dicha documentación e información y exonerará a BANKABUSOS de cualquier reclamación de tercero por razón del acceso a esta información o documentación.

El cliente será el único responsable en caso de haber facilitado documentación falsa, incompleta, incorrecta o ilícita.

Finalizados los servicios BANKABUSOS devolverá al cliente toda la documentación original que obre en su poder en relación al encargo jurídico finalizado. El cliente dispondrá de dos meses naturales, computados de fecha a fecha, para retirar dicha documentación. Superado este plazo, BANKABUSOS estará expresamente autorizado a destruir dicha documentación, junto con el certificado de seguridad, a costa del cliente.

5º COMUNICACIONES:

El cliente acepta el correo electrónico no encriptado como medio hábil para el flujo e intercambio de documentación, información y, en general, como canal de comunicación con BANKABUSOS para la labor encomendada. El cliente exime al despacho de cualquier responsabilidad por la interceptación o acceso a los correos electrónicos por personas no autorizadas, así como de cualquier daño o perjuicio que pueda producirse al cliente como consecuencia de virus informáticos, fallos en la red o supuestos análogos, salvo que fuera por causa imputable a por negligencia muy grave al propio despacho.

6º HONORARIOS Y GASTOS:

Los honorarios profesionales se detallarán, con todo detalle, en el contrato de arrendamientos de servicios/hoja de encargo. En todo caso, los impuestos indirectos se pagarán a parte, y en caso de duda, se considerará que el precio no incluye estos impuestos, de modo que la factura correspondiente se incrementará en dichos impuestos. Las facturas se pagarán a la vista. 

Cualquier gasto accesorio o complementario, diferente de los servicios definidos en la hoja de encargo/arrendandamiento de servicios, se pagará a parte. En especial, los derechos de procurador y notarios, honorarios de expertos independientes, peritos judiciales o privados, etc…Igualmente, toda tasa pública, coste de envío de documentación fehaciente (burofax o similar, incluso, correo electrónico certificado), certificación administrativa, copia privada autorizada, etc… correrá a cargo del cliente, Salvo pacto expreso específico, estos gastos no serán, jamás, imputados a los honorarios acordados con la sociedad profesional. 

Los honorarios se pagarán en los hitos, formas y escenarios acordados en el contrato. Incluso, para el caso de desacuerdo con BANKABUSOS por su trabajo, o en caso de insatisfacción del cliente (la obligación de medios del abogado impide condicionar los honorarios al buen fin del encargo). Si el cliente considera que el trabajo se ha realizado de forma incorrecta, vulnerando la lex artis ad hoc, deberá satisfacer los honorarios (según el acuerdo privado concertado entre ambas partes), y reclamar el reintegro de lo pagado vía juicio declarativo ordinario, para que sea un juez, una parte independiente, quien revise si la actuación de BANKABUSOS y la del cliente, han sido o no acertadas y los términos del contratados, en especial el pago de los honorarios, deben ser revisados o modulados judicialmente.

El impago de los honorarios generará todos los intereses de demora establecidos por la Ley, desde el mes siguiente a la emisión y envío de la factura por BANKABUSOS, aplicándose la normativa que proceda según la condición subjetiva del cliente (bien el Código Civil, bien el Código de Comercio, o bien la Ley medidas de lucha contra la morosidad en la operaciones comerciales).

7º COSTAS JUDICIALES Y LIQUIDACIÓN DE CANTIDADES:

Las costas judiciales serán absolutamente independientes de los honorarios pactados. Los honorarios habrán de pagarse, con independencia del cobro de las costas judiciales. Cuando exista una diferencia positiva entre el importe de honorarios acordado, y las costas cobradas, el cliente cederá el sobrante a BANKABUSOS, para cumplir con la finalidad de éstas (reembolsar los gastos de Justicia del cliente), facultado al despacho a realizar una liquidación de honorarios y costas, haciendo suyo directamente el sobrante de dichas costas y reintegrando al cliente la parte que haya que reembolsar.

El cliente facultará expresamente a BANKABUSOS a realizar todas las gestiones de cobros de las costas y cantidades debidas a favor del cliente (principal e intereses), representando al cliente para este cobro y facultando a la sociedad profesional a descontar, de las cantidades obtenidas para el cliente, las cantidades que correspondan a honorarios pendientes de pago. Es decir, el cliente facultará a BANKABUSOS a imputar, de las cantidades cobradas en representación del cliente, toda deuda pendiente con el despacho, incluso, un pacto de cuota litis o participación en la cantidad obtenida.

Este pacto de autoliquidación de honorarios se mantendrá en todo momento, incluso, en situación de concurso de acreedores del cliente, teniendo BANKABUSOS la facultad de autoliquidar sus honorarios o costas judiciales, en los términos anteriores, y entregando al cliente la diferencia. Eso sí, BANKABUSOS tendrá la obligación de rendir cuentas por dicha autoliquidación, para que el cliente puede impugnarlo si las considera incorrectas o que infringen el contrato firmado.

8º CUMPLIMIENTO NORMATIVO:

Ambas partes deberán advertirse de la existencia de posibles situaciones de conflictos de interés, en particular, en relación al objeto del contrato de arrendamientos de servicios/hoja de encargo. En tales supuestos, se valorará, por ambas partes, si el encargo puede continuar o no. Este análisis se realizará de acuerdo con un principio de prudencia y de conformidad con la buena fe contractual (para evitar que el cliente utilice un falso o simulado conflicto de interés para perjudicar a BANKABUSOS). En todo caso, el despacho tendrá derecho a facturar todos los honorarios devengados antes de la aparición o noticia del posible conflicto de interés, e incluso, a la parte proporcional de una eventual cuota litis acordada (en función del trabajo realizado y de su importancia en el resultado final del encargo).

BANKABUSOS tiene el deber de cumplir con toda la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, por lo que deberá identificar al cliente, así como a todos sus operaciones y actividades, aceptando y obligándose éste a facilitar, de forma completa y veraz, cuanta información sea necesaria y le sea requerida a estos efectos (tanto del cliente en sí como, en su caso, de sus accionistas, socios, partícipes, administradores, personas relacionadas, sociedades vinculadas, grupos de empresas, etc…) y autoriza expresamente a BANKABUSOS a realizar las actuaciones de verificación que, al respecto, considere oportunas. En caso de no obtener la información que fuera necesaria, BANKANUSOS se verá imposibilitado de prestar los servicios contratos, sin que ello pueda comportar ningún tipo de responsabilidad profesional o contractual.

Finalmente, se aclara que BANKABUSOS tiene la obligación legal de comunicar al Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) cualquier hecho u operación, incluso la mera tentativa, respecto de los cuáles exista indicio o certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, debiendo abstenerse de ejecutar cualquier operación respecto de la que se pongan de manifiesto tales circunstancias. BANKABUSOS no será responsable de daños y perjuicios que el cliente puede sufrir como consecuencia del cumplimiento de estas comunicación al SEPBLAC). 

9º ARBITRAJE DE HONORARIOS:

En materia de honorarios, habrá que estar a lo especialmente convenido en el contrato de arrendamiento de servicios/hoja de encargo. En caso de duda, se aplicarán, de forma complementarias, los criterios y baremos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, en primer lugar (por considerarse los más representativos al pertenecer al mercado económico más importante de España en términos generales). En este caso, y muy especialmente en cuanto a las diferencias de valoración a falta de pacto claro expreso, se aplicarán las normas del Colegio de Abogados de Madrid.

10º EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD POR FUNCIONAMIENTO DE LA WEB, EN CUANTO A DISPONIBILIDAD, FIABILIDAD, PRIVACIDAD Y SEGURIDAD

BANKABUSOS. no se hace responsable por los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan derivarse por la falta de disponibilidad o funcionamiento de la web www.urdangarinabogados.com, de los servicios ofrecidos, así como, a la fiabilidad de las mismas. Asimismo, excluye toda responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que pudieran deberse al conocimiento que puedan tener terceros no autorizados de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso que los Clientes hacen de www.bankabusos.com y de los servicios que se prestan. En ningún caso, será responsable de las posibles infracciones que en materia de propiedad intelectual pueda cometer cualquier Cliente o terceros ajenos al servicio. Asimismo, no tiene obligación de controlar y no controla la utilización que los Clientes o terceros hacen de las webs, de los Servicios y contenidos.

11º PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

En cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos facilitados a través del formulario de consulta y de los que se pudieran enviar por correo electrónico serán incorporados a un fichero de datos de carácter personal, cuyo responsable es BABRECLAMACIONES S.L. La finalidad de este fichero es la gestión de los Clientes que realicen consultas a través de las páginas web para prestarles servicios.

Los datos recabados serán siempre los estrictamente necesarios para prestar un servicio adecuado, tratándose los mismos con la máxima confidencialidad y responsabilidad.

El usuario podrá ejercer en todo momento su derecho de acceso, rectificación, oposición y cancelación mediante correo electrónico (info@bankabusos.com).

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